La ciudad: Nuestro primer contrato

Propongo que entendamos a la cuidad como nuestro primer contrato y nuestro primer “bien común” que, a través de sus sistemas de organiza-ción espacio-temporal, como un modelo jurídico, “escribe”, declara, instala y manifiesta de forma directa y vivencial las condiciones de la experiencia cotidiana de justicia, salud, libertad, respeto y democracia, por parte de sus habitantes o cuerpo social.

Por lo tanto, la ciudad como Contrato Primero es además tangible, y entre-lazada y recorrida por discursos sectoriales, los que definen y declaran el ideario y los medios (políticas, programas, proyectos, etc.) para estable-cer, administrar y conducir situaciones de justicia, libertad, respeto y de-mocracia así definidas.

Entre ambos -realidad y decisiones- se producen las interacciones, los desfases, las tensiones y las distancias. Y así la ciudad se traduce en un enlace realidad-decisiones ponderado, decodificado e interpretado por el fiel de las vivencias cotidianas individuales y sociales.

La justicia, bien común
En este contexto, donde la cuidad es nuestro primer bien común, entende-remos la justicia en el ámbito urbano como:
1. La apreciación, identificación, reconocimiento, y respeto por los derechos y los méritos de cada uno.
2. La repartición equitativa de riquezas, recursos, apoyos y soco-rros.
3. Y el poder de hacer reinar el derecho a través de la administra-ción de la justicia.

La justicia urbana
Los habitantes de la ciudad tienen un contrato tácito al ser ciudadanos, cuerpo social y morfología que conforma la trama; donde se entiende la importancia de las relaciones de respeto, reconocimiento, equidad e impe-rio del derecho, que son algunas de las condiciones más fundamentales de la convivencia de este cuerpo ciudadano.

Por ejemplo, la incidencia de la criminalidad está estrechamente interrela-cionada con la organización del contrato primero y nuestro primer bien común ciudad.

Nuestra aspiración es vivir en una cuidad justa, donde se respeten las normas de este primer contrato. Las relaciones portadoras de respeto son aquellas reiteradas, que están reescritas día a día como justicia a lo largo de los eventos emergentes de la vivencia cotidiana, tal como la distribu-ción equitativa de bienes, recursos y apoyos, como imperio del derecho.

Esta reescritura emana cada vez más de la capacidad de organizar, insta-lar, conducir coexistencias pacificadas entre tramados relacionales inédi-tos característicos de sociedades crecientemente multiculturales y, tam-bién, crecientemente fragmentadas. Coexistencias donde el triple rostro de “justicia” empieza a dibujar inesperados e inéditos “dominios de lo públi-co”, irrigando primero el bien común y el primer contrato ciudad.

Los caminos conducentes a la inseguridad y violencia -aquellos ajenos al triple rostro de justicia- subyacen en los discursos y decisiones sectoriales voluntariamente parciales, indiferentes a los efectos de sus acciones sobre las experiencias de justicia-respeto, justicia-equidad y justicia-imperio del derecho, manifestadas en el contrato primero y en el primer bien común, la ciudad. Es de esa indiferencia facilitadora de inseguridades desde donde surge la focalización de la atención en el solo acto agresivo y en el tipo de agresor. Injustamente, se niega a ver la ciudad con todas sus tramas de relaciones y minimiza el acto criminal a una situación aislada (una isla, sin contexto).

Esa indiferencia promueve el entendimiento reductor y parcial de una de las facetas de la justicia: la del imperio, el poder del derecho para penali-zar clases de actos a través de encierro, “mano dura”, tecnologías y técni-cas de prevención del acto delictual. Esta concentración que acentúa las obsesiones de inseguridad, se coloca a sí misma ante un horizonte inal-canzable… nunca tendrá suficientes cárceles, por ejemplo, mientras man-tiene intacta, intocada, la raíz inscrita en el texto ciudad.

Reescritura del contrato
No obstante, una nueva escritura de este primer contrato y primer bien común (no panóptica ni utópica) es algo perfectamente posible y algunos ya la han iniciado.

Se trata de una reescritura de los discursos y de las decisiones, pero don-de se rescatan las virtudes del Primer Contrato Ciudad. Es decir, se enla-za el texto real o el contexto existente de la cuidad, que es una realidad ya instalada, cuyas narrativas piden reencontrar, pragmática y responsable-mente, la riqueza de la cuidad, como nuestro primer contrato y primer bien común, y exigen revisitar los contenidos, medios y procedimientos de en-tendimiento, toma de decisiones y materialización que lo engendra, instala y conduce.

MARÃ?A BERTRAND S. / DOCTORA EN URBANISMO

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